Resolución de 21 de abril de 2020, de la Comisión Ejecutiva del Banco de España, por la que se deroga la de 15 de febrero de 2012, sobre cambios temporales en los criterios de admisibilidad de los activos de garantía en las operaciones de política monetaria del Banco de España.
Banco de España · 23 de abril de 2020
En pocas palabras
El Banco de España deja sin efecto una resolución de 2012 que establecía cambios temporales en los criterios para aceptar activos de garantía en sus operaciones de política monetaria. La derogación se aplica desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Qué cambia
Vuelven a aplicarse los criterios de admisibilidad de activos de garantía anteriores a los cambios temporales de 2012 en las operaciones de política monetaria del Banco de España.
- A quién afecta
- entidades de crédito · entidades financieras que operan con el Banco de España
- Economía, empresas y consumo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Comisión Ejecutiva del Banco de España, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.1, apartados a) y h) de la Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España; en el artículo 66.1, apartados a) e i) del Reglamento Interno del Banco de España y en la Cláusula XIII de las «Cláusulas generales aplicables a las operaciones de política monetaria del Banco de España», aprobadas por Resolución de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de 11 de diciembre de 1998 (en su versión vigente en cada momento, las «Cláusulas Generales»), acuerda:
Primero.
Derogar la Resolución de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de 15 de febrero de 2012, sobre cambios temporales en los criterios de admisibilidad de los activos de garantía en las operaciones de política monetaria del Banco de España.
Segundo.
La presente Resolución se aplicará a partir de la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 21 de abril de 2020.–El Secretario General del Banco de España, Francisco-Javier Priego Pérez.