Ley 8/2019, de 29 de noviembre, de modificación de la Ley 9/2010, de 7 de julio, de designación de Senadores o Senadoras en representación de la Comunitat Valenciana.
Comunitat Valenciana · 14 de enero de 2020
En pocas palabras
Modifica la ley que regula cómo las Corts Valencianes designan a sus senadores o senadoras territoriales. Cambia el objeto de la ley, el trámite en el Pleno y la duración del mandato, y suprime varios artículos y apartados. También faculta al Consell para refundir la ley en un texto único.
Qué cambia
El mandato de los senadores o senadoras designados dura hasta el final de la legislatura de las Corts, y siguen en funciones hasta que tomen posesión quienes los sustituyan. Se eliminan trámites y apartados anteriores, entre ellos los relativos a la revocación del mandato.
- A quién afecta
- senadores y senadoras designados por las Corts Valencianes · Corts Valencianes · grupos parlamentarios de las Corts Valencianes · Consell de la Generalitat
- Cifras
- plazo de 30 días siguientes al dictamen para convocar el Pleno de designación
- Administración pública e instituciones
- Derechos y libertades
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos y todas las ciudadanas que Les Corts han aprobado y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del rey, promulgo la siguiente Ley:
PREÁMBULO
La consecución de un ordenamiento respecto a los Senadores y Senadoras territoriales de la Comunitat Valenciana ha vivido diferentes fases que empiezan con la Ley 3/1988, de 23 de mayo, de la Generalitat, de designación de Senadores en representación de la Comunitat Valenciana. La reforma del Estatuto de autonomía de la Comunitat Valenciana de 2006 permitió introducir algunas modificaciones facultadas por el artículo 26.1 del propio Estatuto, que se sustanciaron en la Ley 9/2010, la cual incluyó algunas adaptaciones al nuevo texto estatutario y la evaluación de las personas candidatas a designación en las Corts Valencianes antes de la designación efectiva.
Este punto, concretamente, se suprimió en la última modificación que se hizo del ordenamiento de los Senadores y Senadoras territoriales en representación de la Comunitat Valenciana con la Ley 10/2016, de 28 de octubre. Esta última revisión de la ley introdujo, además, una serie de puntos sobre la revocación del mandato de los Senadores y Senadoras, que declaró inconstitucionales y nulos la sentencia 123/2017 del Tribunal Constitucional.
Con la modificación presente, se da solución de continuidad a la representación por parte de los Senadores y Senadoras en cualquier circunstancia de coincidencia o no de las diferentes convocatorias electorales y se corrige así las distorsiones en la representación que estas podían producir en el caso de una convocatoria coincidente de las elecciones al Senado y a las Corts Valencianes.
Por otro lado, este texto explicita la supresión de los artículos por parte del Tribunal Constitucional sobre la modificación mencionada anteriormente.
Artículo 1.
Se modifica el artículo 1 de la Ley 9/2010, de 7 de julio, de la Generalitat, de designación de senadores o senadoras en representación de la Comunitat Valenciana, modificada por la Ley 10/2016, de 28 de octubre, que queda redactado de la siguiente manera:
«Artículo 1. Objeto de la ley. Esta ley regula el procedimiento para determinar el número de representantes en el Senado que corresponde designar a las Corts Valencianes en nombre de la Comunitat Valenciana, la atribución a los grupos parlamentarios, la forma de presentación y el resto de trámites para su designación por el Pleno de las Corts Valencianes, de acuerdo con lo establecido en la Constitución española y el Estatuto de autonomía de la Comunitat Valenciana.»