Resolución de 9 de abril de 2020, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19.
Cortes Generales · 13 de abril de 2020
En pocas palabras
El Congreso de los Diputados convalida el Real Decreto-ley 10/2020, que regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no prestan servicios esenciales. El permiso busca reducir la movilidad de la población durante la lucha contra el COVID-19.
Qué cambia
El permiso retribuido recuperable queda confirmado por el Congreso. Afecta a las personas trabajadoras por cuenta ajena que no realizan servicios esenciales, que deben recuperar después las horas no trabajadas.
- A quién afecta
- personas trabajadoras por cuenta ajena que no prestan servicios esenciales · empresas con personal no dedicado a servicios esenciales
- Empleo y trabajo
- Sanidad y salud pública
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 86.2 de la Constitución, el Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, acordó convalidar el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 87, de 29 de marzo de 2020.
Se ordena la publicación para general conocimiento.
Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de abril de 2020.–La Presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet Lamaña.