Real Decreto 464/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 399/2020, de 25 de febrero, por el que se establecen las Comisiones Delegadas del Gobierno.
Presidencia del Gobierno · 20 de marzo de 2020
En pocas palabras
Modifica el Real Decreto que regula las Comisiones Delegadas del Gobierno. Precisa las funciones del Consejo de Seguridad Nacional y adapta la composición de la Comisión Delegada para Asuntos de Inteligencia tras la reforma de la Ley del Centro Nacional de Inteligencia.
Qué cambia
Cambia quién participa en las reuniones de la Comisión Delegada para Asuntos de Inteligencia y concreta las tareas del Consejo de Seguridad Nacional. Afecta al funcionamiento interno de estos órganos del Gobierno.
- A quién afecta
- Consejo de Seguridad Nacional · Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Inteligencia · Centro Nacional de Inteligencia · Departamento de Seguridad Nacional · Altos cargos de la Administración General del Estado
- Administración pública e instituciones
- Seguridad y emergencias
- Defensa
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El artículo 6.1 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, establece que la creación, modificación y supresión de las Comisiones Delegadas del Gobierno será acordada por el Consejo de Ministros mediante Real Decreto, a propuesta del Presidente del Gobierno.
Mediante este real decreto se procede, por un lado, a la modificación de los apartados 4 y 7 del artículo 3 del Real Decreto 399/2020, de 25 de febrero, por el que se establecen las Comisiones Delegadas del Gobierno, a fin de precisar las funciones atribuidas en dicha norma al Consejo de Seguridad Nacional en congruencia con lo dispuesto en la Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional.
Por otro lado, el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, ha reformado el artículo 6 de la Ley 11/2002, de 6 de mayo, reguladora del Centro Nacional de Inteligencia, modificando la composición de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Inteligencia. Resulta necesario, por tanto, adaptar a esta reforma legal la composición de dicha comisión delegada, prevista en el artículo 4 del Real Decreto 399/2020, de 25 de febrero.
En su virtud, a propuesta del Presidente del Gobierno, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de marzo de 2020,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Real Decreto 399/2020, de 25 de febrero, por el que se establecen las Comisiones Delegadas del Gobierno.
El Real Decreto 399/2020, de 25 de febrero, por el que se establecen las Comisiones Delegadas del Gobierno, queda modificado como sigue:
Uno. Los apartados 4 y 7 del artículo 3 quedan redactados del modo siguiente:
«4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.3 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, el Director del Departamento de Seguridad Nacional será convocado a las reuniones del Consejo de Seguridad Nacional. Podrán ser también convocados los titulares de aquellos órganos superiores y directivos de la Administración General del Estado que se estime conveniente, así como, en función de los asuntos a tratar, las autoridades o altos cargos de las comunidades autónomas y entidades locales, y aquellas personas en su condición de expertos cuya contribución se considere relevante.» «7. Corresponden al Consejo de Seguridad Nacional, además de las competencias atribuidas por el artículo 6.4 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, las establecidas en la Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional. Asimismo, podrá conocer de cualquier otro asunto que afecte directamente a la Seguridad Nacional.»
Dos. Los apartados 3 y 4 del artículo 4 quedan redactados del modo siguiente: