Cuestión de inconstitucionalidad n.º 7012-2019, en relación con el artículo único, Disposición Transitoria y Disposición Derogatoria de la Ley 9/2019, de 28 de marzo, de modificación de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza en la Comunidad Autónoma de Castilla y León por posible vulneración de los artículos 9.3, 24.1, 117.3, 118 de la CE.
Tribunal Constitucional · 18 de febrero de 2020
En pocas palabras
El Tribunal Constitucional admite a trámite una cuestión de inconstitucionalidad sobre la Ley 9/2019, que modificó la Ley de Caza de Castilla y León. El tribunal se reserva el conocimiento del asunto y abre un plazo para que las partes del procedimiento se personen.
Qué cambia
Las partes del procedimiento judicial de origen pueden personarse ante el Tribunal Constitucional en un plazo de quince días desde la publicación. La ley de caza de Castilla y León queda pendiente de lo que decida el tribunal.
- A quién afecta
- partes del procedimiento judicial núm. 755-2018 · cazadores de Castilla y León · Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León
- Cifras
- plazo para personarse: 15 días desde la publicación en el BOE
- Justicia
- Medio ambiente y clima
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 11 de febrero actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 7012-2019 planteada por la Sección 1.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid, en la pieza de medidas cautelares núm. 755-2018, en relación con el artículo único, disposición transitoria y disposición derogatoria de la Ley 9/2019, de 28 de marzo, de modificación de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza en la Comunidad Autónoma de Castilla y León por posible vulneración de los artículos. 9.3, 24.1, 117.3, 118 de la CE. y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento núm. 755-2018, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 11 de febrero de 2020.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.