Real Decreto 364/2020, de 11 de febrero, por el que se indulta a don Basilio Cabalgante García.
Ministerio de Justicia · 13 de febrero de 2020
En pocas palabras
Conmuta la pena de prisión de tres años impuesta a una persona condenada por un delito de lesiones con deformidad por otra de dos años de prisión. La medida se aplica con la condición de no volver a cometer delito doloso en un plazo de cinco años.
Qué cambia
La persona condenada cumple una pena de prisión menor, de dos años en lugar de tres, siempre que no cometa un delito doloso en los cinco años siguientes a la publicación.
- A quién afecta
- persona condenada por delito de lesiones con deformidad
- Cifras
- pena inicial: 3 años de prisión
- pena tras la conmutación: 2 años de prisión
- plazo de condición: 5 años desde la publicación
- hechos cometidos en el año 2011
- sentencia de 29 de septiembre de 2015
- Justicia
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Visto el expediente de indulto de don Basilio Cabalgante García, condenado por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, sección segunda, en sentencia de 29 de septiembre de 2015, como autor de un delito de lesiones con deformidad, a la pena de prisión de tres años de duración, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2011, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias del condenado y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta del Ministro de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de febrero de 2020,
Vengo en conmutar a don Basilio Cabalgante García la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 11 de febrero de 2020.
FELIPE R.
El Ministro de Justicia,
JUAN CARLOS CAMPO MORENO