Real Decreto 233/2020, de 4 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 581/2017, de 9 de junio, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/55/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, por la que se modifica la Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales y el Reglamento (UE) n.º 1024/2012 relativo a la cooperación administrativa a través del Sistema de Información del Mercado Interior (Reglamento IMI).
Ministerio de Universidades · 6 de febrero de 2020
En pocas palabras
Modifica el Real Decreto 581/2017 para incluir el reconocimiento automático de cualificaciones profesionales obtenidas en Croacia antes del 8 de octubre de 1991. Con ello completa la incorporación de la Directiva europea sobre reconocimiento de cualificaciones profesionales.
Qué cambia
Los nacionales de países de la Unión Europea con títulos profesionales obtenidos en Croacia antes de esa fecha podrán obtener el reconocimiento automático de su cualificación en España.
- A quién afecta
- nacionales de Estados miembros de la Unión Europea con cualificaciones profesionales · personas con títulos obtenidos en Croacia antes del 8 de octubre de 1991 · personas con títulos obtenidos en Eslovenia antes del 25 de junio de 1991 · colegios profesionales
- Cifras
- fecha límite para cualificaciones obtenidas en Croacia: antes del 8 de octubre de 1991
- fecha límite para cualificaciones obtenidas en Eslovenia: antes del 25 de junio de 1991
- Educación y universidades
- Empleo y trabajo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
En el seno de la Unión Europea, el establecimiento de mecanismos de reconocimiento y homologación de cualificaciones académicas y profesionales se erige en una herramienta fundamental para garantizar y facilitar el ejercicio de derechos esenciales en el mercado interior europeo, especialmente, la libre prestación de servicios o la libre circulación de trabajadores.
En consecuencia, la política de la Unión Europea al respecto ha experimentado una profunda evolución histórica durante las últimas décadas.
El Real Decreto 581/2017, de 9 de junio, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/55/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, por la que se modifica la Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales y el Reglamento (UE) n.º 1024/2012 relativo a la cooperación administrativa a través del Sistema de Información del Mercado Interior (Reglamento IMI), transpuso a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva 2013/55/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013.
La Directiva 2005/36/CE, que permitió consolidar en un único cuerpo la normativa europea vigente en materia de reconocimiento de cualificaciones, fue modificada por la Directiva 2013/55/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013.
La Comisión Europea, a través de una Carta de Emplazamiento, puso en conocimiento de las autoridades españolas la existencia de ciertas deficiencias en la transposición de la citada Directiva 2013/55/UE, de 20 de noviembre.
En dicha Carta de Emplazamiento se pone de manifiesto, entre otras cuestiones, que el artículo 23, apartado 5, de la Directiva 2005/36/CE no encuentra reflejo en la legislación española.
El citado artículo 23.5 de la Directiva 2005/36/CE regula los derechos adquiridos para las cualificaciones obtenidas en la antigua Yugoslavia. Concretamente, se prevé el reconocimiento automático de las cualificaciones de los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea para las profesiones sectoriales cuya formación comenzó en Eslovenia, antes del 25 de junio de 1991; y en Croacia, antes del 8 de octubre de 1991, fechas en la que los nuevos estados se independizaron de la República Federativa Socialista de Yugoslavia.
Sin embargo, el Real Decreto 581/2017, de 9 de junio, no prevé el reconocimiento automático para las cualificaciones profesionales obtenidas en Croacia antes del 8 de octubre de 1991. De esta forma, se hace necesario proceder a su revisión e incluir dicha previsión en su articulado. Por tanto, este real decreto tiene como objeto, la correcta y completa transposición del contenido de la Directiva 2005/36/CE, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales, en este punto.