Resolución de 21 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se amplía el plazo para la presentación de solicitudes de las subvenciones a entidades locales para la financiación de proyectos de empleo, autoempleo y emprendimiento colectivo, dirigidos a afrontar el reto demográfico en los municipios de menor población, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil del Fondo Social Europeo.
Ministerio de Política Territorial y Función Pública · 28 de diciembre de 2020
En pocas palabras
Amplía hasta el 31 de marzo de 2021 el plazo para que las entidades locales pidan subvenciones para proyectos de empleo, autoempleo y emprendimiento colectivo de personas jóvenes en municipios de menor población. Estas ayudas se financian con el Programa Operativo de Empleo Juvenil del Fondo Social Europeo.
Qué cambia
Las entidades locales de municipios pequeños tienen más tiempo para presentar sus solicitudes de subvención para proyectos dirigidos a jóvenes. El plazo, que terminaba el 31 de diciembre de 2020, pasa a cerrarse el 31 de marzo de 2021.
- A quién afecta
- entidades locales de municipios de menor población · personas jóvenes no ocupadas ni integradas en educación o formación · personas jóvenes que habitan o van a habitar en municipios pequeños
- Cifras
- presupuesto de la convocatoria: 80 millones de euros
- nuevo plazo de solicitudes: hasta el 31 de marzo de 2021
- periodo de elegibilidad del Programa Operativo: hasta el 31 de diciembre de 2023
- Empleo y trabajo
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
Mediante Real Decreto 1234/2018, de 5 de octubre, se establecieron las bases reguladoras para la concesión directa de subvenciones a entidades locales para la financiación de proyectos de empleo, autoempleo y emprendimiento colectivo, dirigidos a afrontar el reto demográfico en los municipios de menor población, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil del Fondo Social Europeo (ayudas EMP-POEJ).
Estas ayudas tienen como finalidad incentivar y promover los proyectos que aumenten la empleabilidad y el emprendimiento de las personas jóvenes que habiten o vayan a habitar en municipios que no formen parte de una gran área urbana y que además reúnan los requisitos indicados en el artículo 2 del real decreto.
En ese sentido, las ayudas están destinadas a cofinanciar los proyectos que presenten las entidades beneficiarias, que contengan alguna de las siguientes medidas: bien aumentar el emprendimiento de las personas jóvenes no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación como vía de acceso al mercado laboral a través de la creación de empresas (OE 8.2.3), bien aumentar la contratación de carácter indefinido de las personas jóvenes no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación, a través de la intermediación y de los incentivos económicos (OE 8.2.4).
Por su parte, el artículo 12 del citado real decreto, referido a la presentación de solicitudes, señala que dicho plazo concluirá cuando conforme a las solicitudes aprobadas, se agote el presupuesto disponible; o bien, cuando se llegue al 31 de diciembre de 2020, sin haberse cursado solicitudes suficientes para agotar el presupuesto disponible.
No obstante lo anterior, el artículo 12.2 establece que «en caso de que se prevea que a 31 de diciembre de 2020 va a existir presupuesto disponible y si las circunstancias lo hicieran recomendable, este plazo podrá ser ampliado como máximo hasta la fecha en que concluya el periodo de aplicación del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020.»
A este respecto cabe hacer una serie de consideraciones. En primer término, el presupuesto asignado a la convocatoria asciende a 80 millones de euros (artículo 6); y a día de la fecha, los fondos disponibles permiten poder seguir atendiendo nuevas solicitudes.
Por otro lado, se estiman plenamente vigentes las razones de interés público, social y económico que motivaron la convocatoria de estas subvenciones y, como el periodo de elegibilidad fijado en el Programa Operativo concluye el 31 de diciembre de 2023, aún existe tiempo suficiente para implementar nuevos proyectos que contribuyan a satisfacer la finalidad de las mismas.
Por último, también es preciso tener en consideración las circunstancias excepcionales que se derivan de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y su incidencia directa sobre aspectos íntimamente vinculados a la convocatoria.