Acuerdo Multilateral M330 en virtud de la sección 1.5.1 del ADR, relativo a los certificados de formación de los conductores de conformidad con el punto 8.2.2.8.2 del ADR y los certificados de consejeros de seguridad de conformidad con el punto 1.8.3.7 del ADR, hecho en Madrid el 2 de diciembre de 2020.
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación · 16 de diciembre de 2020
En pocas palabras
Amplía hasta el 28 de febrero de 2021 la validez de los certificados de formación de conductores y de consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas (ADR) que caducaban entre el 1 de marzo de 2020 y el 1 de febrero de 2021. Para renovarlos por cinco años hay que cumplir la formación de reciclaje y superar un examen antes del 1 de marzo de 2021.
Qué cambia
Los conductores y consejeros de seguridad con certificados que caducaban en ese periodo pueden seguir transportando mercancías peligrosas hasta el 28 de febrero de 2021 sin renovarlos de inmediato. La renovación por cinco años exige formación y examen antes del 1 de marzo de 2021.
- A quién afecta
- conductores de vehículos que transportan mercancías peligrosas · consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas · empresas de transporte de mercancías peligrosas
- Cifras
- validez ampliada hasta el 28 de febrero de 2021
- certificados que caducan entre el 1 de marzo de 2020 y el 1 de febrero de 2021
- renovación por cinco años
- examen y formación antes del 1 de marzo de 2021
- acuerdo válido hasta el 1 de marzo de 2021
- Transporte e infraestructuras
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
ACUERDO MULTILATERAL M330
En virtud de la sección 1.5.1 del ADR, relativo a los certificados de formación de los conductores de conformidad con el punto 8.2.2.8.2 del ADR y los certificados de consejeros de seguridad de conformidad con el punto 1.8.3.7 del ADR,
(1) Por derogación de las disposiciones del párrafo primero del 8.2.2.8.2 del ADR, todos los certificados de formación de conductores, cuya validez finalice entre el 1 de marzo de 2020 y el 1 de febrero de 2021, seguirán siendo válidos hasta el 28 de febrero de 2021. Estos certificados se renovarán por cinco años si el conductor presenta una prueba de participación en la formación de reciclaje, de conformidad con el punto 8.2.2.5 del ADR y ha superado un examen de conformidad con el punto 8.2.2.7 del ADR antes del 1 de marzo de 2021. El nuevo período de validez comenzará a partir de la fecha original de expiración del certificado a renovar.
(2) Por derogación de las disposiciones del párrafo 1.8.3.16.1 del ADR todos los certificados de formación como consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas, cuya validez finalice entre el 1 de marzo de 2020 y el 1 de febrero de 2021, siguen siendo válidos hasta el 28 de febrero de 2021. La validez de estos certificados se extenderá desde su fecha original de expiración por cinco años si sus titulares han superado un examen de conformidad con el punto 1.8.3.16.2 del ADR antes del 1 de marzo de 2021.
(3) Este Acuerdo será válido hasta el 1 de marzo de 2021 para el transporte en los territorios de aquellas Partes Contratantes del ADR firmantes de este Acuerdo. Si es revocado por alguno de los firmantes, permanecerá válido hasta la fecha arriba mencionada solo en los territorios de aquellas Partes Contratantes signatarias de este Acuerdo que no lo hayan revocado.
Madrid, 2 de diciembre de 2020.–La Autoridad competente para el ADR en España, Mercedes Gómez Álvarez, Directora General de Transportes Terrestres.
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El presente Acuerdo internacional administrativo entró en vigor el 2 de diciembre de 2020, fecha de su firma por la autoridad competente para el ADR en España.
Madrid, 9 de diciembre de 2020.–El Secretario General Técnico, José María Muriel Palomino.