Decreto-ley 36/2020, de 3 de noviembre, de medidas urgentes en el ámbito del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos y del impuesto sobre la renta de las personas físicas.
Comunidad Autónoma de Cataluña · 9 de diciembre de 2020
En pocas palabras
Retrasa hasta el 1 de junio de 2021 la subida de tarifas del impuesto sobre estancias en establecimientos turísticos y el recargo en Barcelona. Además, crea una nueva deducción en el IRPF para quienes deben presentar la declaración por tener dos o más pagadores.
Qué cambia
Los establecimientos turísticos aplican las tarifas anteriores y el recargo de Barcelona no se cobra hasta junio de 2021. Los contribuyentes con más de un pagador pueden aplicar una nueva deducción en su declaración de la renta.
- A quién afecta
- establecimientos turísticos · personas que pagan el impuesto sobre estancias turísticas · contribuyentes del IRPF con dos o más pagadores · trabajadores afectados por ERTO · personas que cobran prestación por desempleo
- Cifras
- 893.931 altas iniciales de prestaciones contributivas por ERTO COVID-19 hasta agosto de 2020
- 2.918.800 personas asalariadas en Cataluña de media en 2019
- 31 % de la población asalariada afectada por ERTO de la COVID-19
- entrada en vigor del incremento de tarifas y recargo: 1 de junio de 2021
- Impuestos y cuentas públicas
- Economía, empresas y consumo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El artículo 67.6.a del Estatuto prevé que los decretos ley sean promulgados, en nombre del Rey, por el Presidente o Presidenta de la Generalitat.
De conformidad con lo que disponen el artículo 6 y concordantes de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalitat y del Gobierno, y visto el Decreto 114/2020, de 30 de septiembre, de sustitución del presidente de la Generalidad de Cataluña;
De acuerdo con lo anterior, promulgo el siguiente Decreto-ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En los últimos meses, las consecuencias sanitarias, sociales y económicas derivadas de la pandemia de la COVID-19 han hecho que el Gobierno de la Generalidad de Cataluña haya aprobado una serie de medidas para paliar sus efectos.
Con el presente Decreto-ley se aprueban dos nuevas medidas en el ámbito tributario, y se estructura en dos capítulos, uno para cada medida.
En relación con el impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos (capítulo 1), hay que señalar que el Decreto-ley 23/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes en materia tributaria, aplazó hasta el 1 de enero del 2021 la entrada en vigor del incremento de las tarifas del impuesto y la aplicación del recargo en la ciudad de Barcelona, aprobados por la Ley 5/2020, del 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente, que debían entrar en vigor inicialmente el 1 de julio del 2020. A día de hoy, la situación sanitaria hace difícil prever que a 1 de enero del 2021 los establecimientos turísticos funcionen con normalidad, por lo que se estima necesario posponer una vez más la entrada en vigor de las tarifas y del recargo aprobados por la Ley de medidas mencionada y que estaban previstas para una «normalidad» en la actividad turística. Así, en el artículo 1 se aplaza la entrada en vigor de los incrementos y del recargo mencionados hasta el 1 de junio del 2021.
Con respecto al impuesto sobre la renta de las personas físicas, el artículo 2 (capítulo 2) crea una nueva deducción en la cuota del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) aplicable por obligación de presentar la declaración del impuesto como consecuencia de tener dos o más pagadores.
La realidad de la situación económica derivada de la pandemia refleja que, hasta el mes de agosto de este año, se registraron en Cataluña 893.931 altas iniciales de prestaciones contributivas derivadas de situaciones de expediente de regulación temporal de empleo (ERTO) por COVID-19. Teniendo en cuenta que, de acuerdo con la Encuesta de población activa, la población asalariada en Cataluña fue, por término medio, de 2.918.800 personas el año 2019, las personas afectadas por los ERTOs de la COVID-19 representan un 31 % del total.