Orden AUC/1151/2020, de 24 de noviembre, por la que se eleva a la categoría de Consulado Honorario el actual Viceconsulado Honorario de España en Arequipa, en la República del Perú.
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación · 4 de diciembre de 2020
En pocas palabras
Eleva el Viceconsulado Honorario de España en Arequipa (Perú) a la categoría de Consulado Honorario, con jurisdicción en el Departamento de Arequipa. La persona que lo dirija tendrá categoría de Cónsul Honorario/a.
Qué cambia
La oficina consular pasa a tener una categoría superior, equiparada a otras oficinas honorarias de España y de otros países. No supone aumento del gasto de personal y se atiende con los medios actuales del Ministerio.
- A quién afecta
- personas españolas residentes en el Departamento de Arequipa · personas que necesiten servicios consulares en Arequipa · Cónsul Honorario/a de España en Arequipa · Embajada de España en Lima · Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
- Política exterior y Unión Europea
- Administración pública e instituciones
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Texto
La elevación de la categoría del Viceconsulado Honorario de España en Arequipa, en la República del Perú, a Consulado Honorario permite equiparar la categoría de esa Oficina Consular Honoraria no solo con la de otras Oficinas Consulares Honorarias de España en el país, sino también con las desplegadas por otros países. Además, la elevación de categoría evita problemas administrativos y de precedencia protocolaria y muestra un mayor compromiso con las relaciones con la República del Perú.
Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, en relación con el Reglamento de los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero, aprobado por Real Decreto 1390/2007, de 29 de octubre, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en Lima (República del Perú), con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y de la Dirección General para Iberoamérica y el Caribe, dispongo:
Artículo 1. Consulado Honorario en Arequipa.
Se eleva el Viceconsulado Honorario de España en Arequipa, en la República del Perú, a la categoría de Consulado Honorario con jurisdicción en el Departamento de Arequipa.
Artículo 2. Jefatura de la Oficina Consular Honoraria.
La persona titular de la jefatura de la Oficina Consular Honoraria de España en Arequipa tendrá, de conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre relaciones consulares, de 24 de abril de 1963, categoría de Cónsul Honorario/a.
Disposición adicional única. No incremento del gasto de personal.
La elevación del Viceconsulado Honorario de España en Arequipa a la categoría de Consulado Honorario no supondrá incremento alguno del gasto de personal, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Real Decreto-ley 2/2020, de 21 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público. Su funcionamiento se atenderá con los medios materiales y personales de que dispone actualmente el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 24 de noviembre de 2020.–La Ministra de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, María Aránzazu González Laya.