Real Decreto 1049/2020, de 1 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia, aprobado por el Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre.
Ministerio de Justicia · 2 de diciembre de 2020
En pocas palabras
Modifica el reglamento que regula la obtención de la nacionalidad española por residencia para permitir que los exámenes de español (DELE) y de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE) se puedan hacer a distancia por medios electrónicos. El Instituto Cervantes fija en qué casos y con qué requisitos.
Qué cambia
Las personas que solicitan la nacionalidad por residencia podrán examinarse sin acudir presencialmente, si el Instituto Cervantes lo autoriza y cumple las condiciones de identificación y seguridad del examen.
- A quién afecta
- personas que solicitan la nacionalidad española por residencia · candidatos a los exámenes DELE · candidatos a los exámenes CCSE · Instituto Cervantes
- Inmigración y asilo
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia, aprobado por el Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, incluye previsiones relativas a la regulación de las pruebas objetivas tanto de diplomas de español como lengua extranjera (DELE), como de conocimientos constitucionales y socioculturales de España (CCSE), diseñadas y administradas por el Instituto Cervantes, de conformidad con el penúltimo párrafo del apartado 3 de la disposición final séptima de la Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil, y con lo establecido en la normativa específica del Instituto Cervantes y en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los «diplomas de español como lengua extranjera (DELE)».
La situación excepcional durante el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, puso de manifiesto la urgente necesidad de adaptar los procedimientos de administración de los exámenes CCSE y DELE para la obtención de la nacionalidad española, con la finalidad de continuar, en la medida de lo posible, la realización de los mismos. Entre las medidas de adaptación de dichos procedimientos resulta indispensable posibilitar su realización de forma remota, con las medidas de seguridad suficientes para la identificación del candidato y el desarrollo del examen.
Para ello, y conforme a la habilitación establecida en la disposición final octava de la Ley 19/2015, de 13 de julio, resulta necesaria la reforma del Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia, aprobado por Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, de manera que el artículo 6.2 prevea expresamente la posibilidad de que las pruebas DELE y CCSE puedan administrarse también a distancia utilizando medios electrónicos en los supuestos y con los requisitos que determine el Instituto Cervantes. Asimismo, por coherencia normativa se hace necesaria la modificación del artículo 6.3 previendo igualmente dicha posibilidad.
La reforma se adecúa a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia establecidos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pues persigue un interés general como es continuar la realización de los exámenes DELE y CCSE, contiene la regulación imprescindible para atender a la necesidad que se pretende cubrir, es coherente con el resto del ordenamiento jurídico, en particular con la normativa de nacionalidad y la legislación educativa, define con claridad el objetivo que se persigue, esto es, la posibilidad de administrar pruebas a distancia mediante medios electrónicos, y no introduce cargas administrativas innecesarias.