Resolución de 26 de noviembre de 2020, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, por la que se establece el plazo especial para el ajuste de las diferencias resultantes de la aplicación de la Orden ISM/1099/2020, de 23 de noviembre, por la que se fijan para el ejercicio 2020 las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón.
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones · 1 de diciembre de 2020
En pocas palabras
Fija el mes de febrero de 2021 como plazo único para regularizar las diferencias de cotización en la Minería del Carbón. Estas diferencias surgen al aplicar las bases de cotización fijadas para 2020 respecto a lo cotizado desde el 1 de enero de 2020.
Qué cambia
Las empresas y trabajadores del Régimen Especial de la Minería del Carbón ajustan en febrero de 2021 las diferencias de cotización generadas durante 2020.
- A quién afecta
- empresas del sector de la minería del carbón · trabajadores del Régimen Especial de la Minería del Carbón
- Cifras
- plazo de regularización: mes de febrero de 2021
- periodo de cotización afectado: desde el 1 de enero de 2020
- Pensiones y Seguridad Social
- Empleo y trabajo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
La Orden ISM/1099/2020, de 23 de noviembre, por la que se fijan para el ejercicio 2020 las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón, autoriza, a través de su disposición adicional, a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones a fijar el plazo especial para el ajuste de las diferencias que resulten de la aplicación de las bases que se establecen en la orden mencionada, respecto de aquellas por las que se ha venido cotizando durante el ejercicio 2020.
En su virtud, esta Secretaría de Estado resuelve:
El ajuste de las diferencias de cotización resultantes de la aplicación de lo dispuesto en la Orden ISM/1099/2020, de 23 de noviembre, por la que se fijan para el ejercicio 2020 las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón, respecto de las cotizaciones que, a partir de 1 de enero de 2020, se hubieran efectuado hasta el mes anterior al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», se regularizarán en un único plazo correspondiente al mes de febrero de 2021.
Madrid, 26 de noviembre de 2020.–El Secretario de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, Israel Arroyo Martínez.