Sentencia de 29 de septiembre de 2020, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima parcialmente el recurso interpuesto por la representación procesal de la Agrupación Sindical de Transportistas Autónomos de Catalunya (ASTAC Catalunya), contra el Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, por el que se modifican el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y otras normas reglamentarias en materia de formación de los conductores de los vehículos de transporte por carretera, de documentos de control en relación con los transportes por carretera, de transporte sanitario por carretera, de transporte de mercancías peligrosas y del Comité Nacional de Transporte por Carretera.
Tribunal Supremo · 27 de noviembre de 2020
En pocas palabras
El Tribunal Supremo estima en parte el recurso de ASTAC Catalunya contra el Real Decreto 70/2019, que modificaba normas sobre formación de conductores de transporte por carretera y documentos de control. Anula el artículo 2, apartado 22, en el primer párrafo de su segundo apartado, que daba nueva redacción al artículo 44 del Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres. Rechaza el resto del recurso y no impone costas.
Qué cambia
Queda sin efecto la nueva redacción del primer párrafo del segundo apartado del artículo 44 del Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres. El resto de cambios del Real Decreto 70/2019 se mantiene.
- A quién afecta
- transportistas autónomos · conductores de vehículos de transporte por carretera · empresas de transporte por carretera · ASTAC Catalunya
- Transporte e infraestructuras
- Justicia
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
En el recurso contencioso-administrativo número 1/144/2019, interpuesto Agrupación Sindical de Transportistas Autónomos de Catalunya (ASTAC Catalunya) contra el Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, la Sala Tercera (Sección Tercera) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 29 de septiembre de 2020 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
FALLO
Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido:
Estimar parcialmente el recurso contencioso administrativo interpuesto por la representación procesal de Agrupación Sindical de Transportistas Autónomos de Catalunya (ASTAC Catalunya), contra el Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, por el que se modifican el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y otras normas reglamentarias en materia de formación de los conductores de los vehículos de transporte por carretera, de documentos de control en relación con los transportes por carretera, de transporte sanitario por carretera, de transporte de mercancías peligrosas y del Comité Nacional de Transporte por Carretera, del que anulamos su artículo 2, apartado 22, que da nueva redacción al artículo 44 del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, en el primer párrafo de su segundo apartado, que se ha transcrito en el Fundamento de Derecho Quinto de esta sentencia, desestimando el recurso contencioso administrativo en todo lo demás.
Sin imposición de costas.
Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.
Así se acuerda y firma.–D. Eduardo Espín Templado.–D. José Manuel Bandrés Sánchez Cruzat.–D. Eduardo Calvo Rojas.–D.ª M.ª Isabel Perelló Doménech.–D. José María del Riego Valledor.–D. Diego Córdoba Castroverde.–D. Fernando Román García.