Entrada en vigor del intercambio de Notas Verbales entre el Reino de España y la República Popular China por el que se establece el Consulado de España en Chengdu, hecho en Pekín el 28 de febrero y el 24 de abril de 2020.
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación · 21 de noviembre de 2020
En pocas palabras
El intercambio de notas entre España y China para establecer el Consulado de España en Chengdu entró en vigor el 10 de octubre de 2020. Ambas partes notificaron por vía diplomática que habían cumplido sus trámites internos.
Qué cambia
Queda en vigor el acuerdo que crea el Consulado de España en Chengdu (China). Afecta a las personas y empresas que necesiten servicios consulares en esa zona.
- A quién afecta
- personas españolas residentes en China · empresas españolas con actividad en China · viajeros entre España y China · personal del servicio exterior español
- Cifras
- entrada en vigor: 10 de octubre de 2020
- notas firmadas en Pekín: 28 de febrero y 24 de abril de 2020
- publicación previa en el BOE: número 128, de 8 de mayo de 2020
- Política exterior y Unión Europea
- Administración pública e instituciones
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Intercambio de Notas Verbales entre el Reino de España y la República Popular China por el que se establece el Consulado de España en Chengdu, hecho en Pekín el 28 de febrero y 24 de abril de 2020, entró en vigor el 10 de octubre de 2020, tras notificarse ambas Partes por vías diplomáticas el cumplimiento de los trámites constitucionales para la entrada en vigor del presente acuerdo, de conformidad con lo establecido en su penúltimo párrafo.
Se completa así la inserción efectuada en el «Boletín Oficial del Estado» número 128, de 8 de mayo de 2020.
Madrid, 13 de noviembre de 2020.–El Secretario General Técnico, José María Muriel Palomino.