Resolución de 27 de octubre de 2020, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que modifica parcialmente el Acuerdo de 27 de noviembre de 2008, sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 · 18 de noviembre de 2020
En pocas palabras
Publica un acuerdo que modifica los criterios comunes de acreditación de centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. El cambio afecta a las titulaciones y cualificaciones exigidas al personal que trabaja en ese sistema.
Qué cambia
Ajusta las condiciones de cualificación y habilitación del personal de atención a la dependencia, lo que afecta a quién puede ser contratado en categorías como cuidador, gerocultor o auxiliar de ayuda a domicilio.
- A quién afecta
- personas en situación de dependencia · cuidadores y gerocultores · auxiliares de ayuda a domicilio · centros y servicios de atención a la dependencia · comunidades autónomas
- Cifras
- habilitación excepcional para personas de 55 años o más a 31 de diciembre de 2015
- experiencia mínima de tres años en la categoría profesional
- mínimo de 2.000 horas trabajadas en los últimos diez años
- requisitos de cualificación exigibles a 31 de diciembre de 2017
- Servicios sociales, familias y dependencia
- Empleo y trabajo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
De conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia aprobó, en su reunión de 2 de octubre de 2020, el Acuerdo por el que se modifica parcialmente el Acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia de 27 de noviembre de 2008, sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que se publica como anexo a esta resolución.
Madrid, 27 de octubre de 2020.–El Secretario de Estado de Derechos Sociales, Ignacio Álvarez Peralta.
ANEXO
Acuerdo de 2 de octubre de 2020, por el que se modifica el Acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia de 27 de noviembre de 2008, sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, publicado por Resolución de la Secretaría de Estado de Política Social, Familias y Atención a la Dependencia y a la Discapacidad de 2 de diciembre de 2008
El Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (en adelante, Consejo Territorial), de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, tiene atribuida la fijación de criterios comunes de acreditación de centros, servicios y entidades, sin perjuicio de las competencias de cada una de las Comunidades Autónomas y de la Administración General del Estado (Instituto de Mayores y Servicios Sociales).
La acreditación de centros, servicios y entidades que actúen en el ámbito de la autonomía personal y de la atención a la dependencia tiene por finalidad, por un lado, garantizar el derecho de las personas en situación de dependencia a recibir unos servicios de calidad y por otro lado, garantizar el derecho a una formación adecuada para los profesionales del sector.
En virtud de las competencias que le atribuye el citado artículo 34 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, el Consejo Territorial, en su reunión del día 27 de noviembre de 2008, aprobó el Acuerdo sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (en adelante, Acuerdo de acreditación), que han de ser entendidos como mínimos, debiendo las respectivas Administraciones en su ámbito competencial realizar la legislación, reglamentación y ejecución necesaria para ello. Dicho Acuerdo fue publicado por Resolución de la Secretaría de Estado de Política Social, Familias y Atención a la Dependencia y a la Discapacidad de 2 de diciembre de 2008.