Resolución de 3 de noviembre de 2020, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de noviembre de 2020, por el que se modifica el Acuerdo de 28 de julio de 2020, por el que se establecen los términos y condiciones del primer tramo de la línea de avales a financiación concedida a empresas y autónomos con la finalidad principal de financiar inversiones y se autorizan límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital · 4 de noviembre de 2020
En pocas palabras
Modifica el reparto de los avales públicos del primer tramo de la línea de financiación a empresas y autónomos. Desde el 1 de noviembre de 2020, los importes de aval asignados y no usados por las entidades se reparten por orden de petición.
Qué cambia
Las entidades financieras que pidan antes reciben los avales que otras no han utilizado. Afecta a las empresas y autónomos que buscan préstamos avalados por el Estado.
- A quién afecta
- empresas · autónomos · entidades financieras · Instituto de Crédito Oficial
- Cifras
- línea de avales: 40.000 millones de euros
- tramo liberado: 8.000 millones de euros
- fecha de cambio de criterio: 1 de noviembre de 2020
- Economía, empresas y consumo
- Impuestos y cuentas públicas
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de noviembre de 2020, ha adoptado un Acuerdo por el que se modifica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de julio de 2020, por el que se establecen los términos y condiciones del primer tramo de la línea de avales a financiación concedida a empresas y autónomos con la finalidad principal de financiar inversiones y se autorizan límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
A los efectos de dar publicidad al mencionado Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de noviembre de 2020, esta Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa ha resuelto disponer la publicación del mismo en el «Boletín Oficial del Estado» como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 3 de noviembre de 2020.–La Secretaria de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Ana de la Cueva Fernández.
ANEXO
El Consejo de Ministros acuerda:
Primero.
Modificar el anexo I, Segundo, del Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de julio de 2020, por el que se establecen los términos y condiciones del primer tramo de la línea de avales a la financiación concedida a empresas y autónomos con la finalidad principal de financiar inversiones y se autorizan límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, que quedará redactado como sigue:
«Segundo. La distribución de la línea de avales entre los operadores se llevará a cabo conforme a los mismos criterios que los establecidos por la Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital entre las entidades que ya tuviesen formalizado con el ICO el contrato marco de la línea de avales habilitada por el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, y estuviesen efectivamente operativas desde el 15 de mayo de 2020 conforme al Acuerdo de Consejo de Ministros de 10 de abril de 2020. Esta distribución del volumen máximo asignado será válida hasta el 1 de noviembre de 2020. A partir de esa fecha, los importes de aval asignados y no utilizados por las entidades se distribuirán entre los operadores a demanda, esto es, asignando los importes no comprometidos por el orden de petición de las entidades.»
Segundo.
Instruir al Instituto de Crédito Oficial a distribuir a demanda, a partir de la fecha de publicación en el BOE de este Acuerdo, los importes de aval liberados al amparo del Acuerdo de Consejo de Ministros de 28 de julio de 2020, asignados y no utilizados por las entidades.