Resolución de 15 de octubre de 2020, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica para 2020 el listado de días de pesca asignados por buque y grupo de buques de arrastre de fondo del Mediterráneo.
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · 22 de octubre de 2020
En pocas palabras
Publica el reparto de los días de pesca que la Unión Europea asignó a España en 2020 para los buques de arrastre de fondo del Mediterráneo. El reparto se hace por buque individual o por grupos de buques con gestión conjunta, y distingue entre pesquería costera y de profundidad.
Qué cambia
Los buques de arrastre del Mediterráneo conocen cuántos días pueden faenar en 2020. Los que faenan en grupo pueden repartirse los días entre ellos, con reglas de conversión si cambian de tramo de eslora.
- A quién afecta
- armadores y tripulaciones de buques de arrastre de fondo del Mediterráneo · grupos de buques con gestión conjunta · entidades asociativas del sector pesquero
- Cifras
- reserva del 5 % de los días de pesca para reparto entre solicitudes de gestión conjunta
- plazo de 15 días naturales para presentar solicitudes en 2020
- mecanismo de optimización anual de días disponible a partir del 1 de octubre
- plazo máximo de un mes para recurso de alzada
- Agricultura, pesca y alimentación
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
El Reglamento (UE) 2019/1022 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, por el que se establece un plan plurianual para la especies demersales en el Mediterráneo occidental y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 508/2014, establece un régimen de gestión de esfuerzo pesquero para el arrastre en el Mediterráneo. En este sentido, el propio Reglamento comunitario indica la obligación, en su artículo 9.2, de que cada Estado miembro decidirá un método de asignación del esfuerzo pesquero máximo admisible a buques o grupos de buques que enarbolen su pabellón.
El Reglamento (UE) 2019/2236 del Consejo, de 16 de diciembre de 2019, por el que se fijan, para 2020, las posibilidades de pesca aplicables a determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces en el mar Mediterráneo y en el mar Negro, establece en su anexo I el esfuerzo pesquero máximo admisible en días de pesca asignado a España para su flota de arrastre en el Mediterráneo en 2020, por tramos de eslora y para dos pesquerías, costera y profundidad, aplicable desde el 1 de enero de 2020.
La Orden APA/423/2020, de 18 de mayo, por la que se establece un plan de gestión para los recursos pesqueros demersales en el Mediterráneo occidental, establece un modelo de gestión para la asignación de esfuerzo pesquero entre los buques de la flota española de arrastre de fondo del Mediterráneo. Su disposición transitoria tercera señala que, para el año 2020, las asociaciones presentarán las solicitudes establecidas en el artículo 6 en los 15 días naturales siguientes a la entrada en vigor de esta orden, plazo que fue establecido por Resolución de la Secretaría General de Pesca, de 21 de mayo de 2020, y ampliado por resolución de 3 de junio de 2020.
Una vez recibidas y analizadas las solicitudes de gestión conjunta por parte de las entidades asociativas, al objeto de asignar el 5 % de los días de pesca que constituyen la reserva prevista en el artículo 5, así como revisados los datos de base de los buques para el cálculo, procede llevar a cabo la asignación completa de los días de pesca asignados a España por parte de la Unión Europea en 2020, para los buques y grupos de buques.
La Secretaría General de Pesca es conocedora de la presentación de algunos recursos ante la Audiencia Nacional a la orden APA/423/2020, de 18 de mayo, con la solicitud en uno de ellos de la suspensión de su aplicación. Sin embargo, existen razones suficientes de interés público para avanzar en la aplicación de esta orden ministerial en este momento, dando seguridad jurídica a los interesados, y la trascendencia de desarrollar los Reglamentos comunitarios aplicables a España.
Por tanto, la Secretaria General de Pesca, oído el sector, resuelve:
Primero.
Asignar los días de pesca atribuidos a España para la flota de arrastre de fondo del Mediterráneo en 2020, por buques en gestión individual o grupos de buques en gestión conjunta.