Resolución de 16 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se acuerda la asignación de subvenciones previstas en el artículo 1 del Real Decreto 1387/2018, de 19 de noviembre, por el que se extiende el ámbito de aplicación del Real Decreto-ley 2/2017, de 27 de enero, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por los últimos temporales, y en los Acuerdos del Consejo de Ministros de 9 y 23 de diciembre de 2016, a los daños sufridos en infraestructuras municipales como consecuencia de catástrofes naturales ocurridas hasta la finalización del mes de junio de 2017.
Ministerio de Política Territorial y Función Pública · 23 de septiembre de 2020
En pocas palabras
Asigna subvenciones por 550.274,36 euros a varios ayuntamientos para reparar infraestructuras municipales dañadas por catástrofes naturales ocurridas hasta junio de 2017. También rechaza la solicitud de un ayuntamiento por gastos no subvencionables.
Qué cambia
Cuatro ayuntamientos de Huelva y Teruel reciben financiación para obras de reparación de infraestructuras dañadas; un quinto ayuntamiento de Teruel queda sin subvención.
- A quién afecta
- Ayuntamiento de Punta Umbría · Ayuntamiento de Cartaya · Ayuntamiento de Argente · Ayuntamiento de Alcañiz · Ayuntamiento de Monreal del Campo
- Cifras
- subvención total asignada: 550.274,36 euros
- importe solicitado total de los proyectos: 1.191.066,02 euros
- subvención al Ayuntamiento de Alcañiz: 426.724,44 euros
- subvención al Ayuntamiento de Cartaya: 81.598,35 euros
- subvención al Ayuntamiento de Punta Umbría: 38.237,81 euros
- Administración pública e instituciones
- Economía, empresas y consumo
Resumen generado automáticamente a partir del texto oficial. Puede contener errores: lo que vale es el texto publicado en el BOE.
Texto
En el «Boletín Oficial del Estado» número 273, de 13 de noviembre de 2019, fue publicado extracto de la Resolución de 28 de octubre de 2019 de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se convocan subvenciones previstas en el artículo 1 del Real Decreto 1387/2018, 19 de noviembre, por el que se extiende el ámbito de aplicación del Real Decreto-ley 2/2017, de 27 de enero.
Esta convocatoria se rige por el procedimiento establecido en la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones que tengan por finalidad la ejecución de obras de reparación o restitución de: infraestructuras, equipamientos e instalaciones y servicios de titularidad municipal y de las mancomunidades, consecuencia de catástrofes naturales, así como redes viarias de las diputaciones provinciales, cabildos, consejos insulares y comunidades autónomas uniprovinciales.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes y previa comprobación por las respectivas subdelegaciones del Gobierno de los requisitos previstos en el artículo 8 de la citada Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, se han remitido a la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local las relaciones cuantificadas de los proyectos susceptibles de obtener financiación, en cumplimiento de lo previsto en el apartado tercero del artículo citado y disposición quinta de la resolución de convocatoria.
Por ello, y en atención a lo determinado en los artículos 9 y 10 de la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero; disposición sexta de la resolución de convocatoria; disposición undécima de la Orden TFP/747/2020, de 28 de julio, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias; y artículo 4 del Real Decreto 307/2020, de 11 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, esta Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por delegación de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, acuerda:
Primero.
Aprobar con cargo a la aplicación presupuestaria 22.04.942A.763 de los vigentes Presupuestos Generales del Estado, la asignación de subvención máxima a percibir, previstas en el artículo 1 del Real Decreto 1387/2018, de 19 de noviembre por el importe total de 550.274,36 euros, según relación anexo 1.
Segundo.
Desestimar la solicitud de subvención presentada respecto del proyecto relacionado en el anexo 2, y por las causas que se indican.
Tercero.
Publicar la presente Resolución en el «Boletín oficial del Estado» y en la dirección electrónica del Ministerio de Política Territorial y Función Pública (www.mptfp.gob.es) haciendo constar que contra la misma se podrá formular potestativamente y con carácter previo a la interposición del recurso contencioso-administrativo, requerimiento para la anulación o revocación de la misma, conforme a los dispuesto en el artículo 44, en relación con el 46.6, ambos de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde la fecha en que se publique la presente resolución. Dicho requerimiento previo se entenderá rechazado si, dentro del mes siguiente a su recepción, no se contestaran.